La decisión del TSJ llegó cuando la junta ad hoc designado por el órgano comicial ya había totalizado las  tres actas y procedía a elaborar el informe que enviaría a la Junta Nacional Electoral para la proclamación del ganador.

Caracas. La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió un amparo constitucional con medida cautelar interpuesto por Adolfo Superlano (ex diputado a la AN en 2015) con el cual ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) detener los actos de totalización, adjudicación y proclamación del cargo de gobernador del estado Barinas.

De acuerdo con la sentencia N° 78-2021, publicada el mediodía de este lunes 29 de noviembre, los magistrados de la Sala Electoral aceptaron la existencia de un expediente de oficio dentro de la Contraloría General del a República el cual inhabilita a Freddy Superlano, candidato de la MUD para la gobernación de Barinas, de ejercer cargos públicos.

Con base en esto, el TSJ “ordena la inmediata suspensión de los procedimientos y/o procesos vinculados a la totalización, adjudicación y proclamación del CNE respecto de los candidatos al cargo de Gobernador o Gobernadora del estado Barinas, en el proceso electoral celebrado el 21 de noviembre de 2021, en esa circunscripción electoral, hasta tanto se decida el fondo del asunto”.

La decisión del TSJ se anunció la tarde del lunes 29 de noviembre cuando, en la Junta Nacional Electoral una comisión ad hoc había ya totalizado los votos de las tres actas del municipio Arismendi del estado Barinas las cuales definen no solo al alcalde de dicho municipio, sino también la elección al gobernador de la entidad, según confirmaron fuentes extraoficiales a Crónica.Uno.

Adolfo Superlano, el ciudadano que introdujo el recurso ante el TSJ, fue diputado en el año 2015 para el estado Barinas y  es también candidato por Min-Unidad para la gobernación de la entidad.

En el año 2019, formó parte de un grupo de diputados del parlamento que viajó a Europa para solicitar el levantamiento de sanciones contra Alex Saab junto con José Brito y Luis Parra. Este hecho generó un fuerte rechazo dentro las fuerzas opositoras quienes calificaron a estos legisladores como “alacranes”.

La sentencia del TSJ

Un TSJ con precedente de impedir a funcionarios electos tomar posesión de su cargo

La decisión que tomó este lunes el TSJ no es la primera de este estilo, en el año 2015, cuando el 30 de diciembre se emitió la sentencia N° 260 de la Sala Electoral, la cual ordenó, la suspensión del acto de totalización, adjudicación y proclamación de los cuatro diputados que habían sido electos por el estado Amazonas.

Aquella acción por parte del TSJ evitó que la oposición que salió vencedora en las elecciones, lograra obtener la mayoría calificada de diputados con 112 y pavimentó el camino para el “desacato” en el que el órgano judicial puso al Poder Legislativo durante los cinco años que estuvo bajo el mando de la oposición cuando, por falta de resolución en el caso, los diputados fueron juramentados por la directiva que presidió Henry Ramos Allup en el 2016.

Casi seis años después de emitida la sentencia N°260 sobre los diputados de Amazonas, el TSJ nunca resolvió el caso por lo que los ciudadanos de esa entidad pasaron 5 años sin representación legislativa.

Un acuerdo político sobre las inhabilitaciones

La inscripción de Freddy Superlano no fue un error u omisión administrativa del CNE que permitió participar a una ciudadano inhabilitado.

En los meses previos a la elección del 21-N el chavismo permitió una serie actos considerados como “garantías” con el objetivo de alentar la participación de la oposición que está agrupada en el G4. Algunas de esas garantías fueron la propia designación del os rectores del CNE y la presencia de observadores internacionales. También la participación de dirigentes que estaban “inhabilitados”.

Tomás Guanipa (alcaldía del municipio Libertador del Distrito Capital), José Manuel Olivares (gobernación de La Guaira), Luis Florido (gobernación de Lara) y el propio Freddy Superlano (gobernación de Barinas) estaban todos inhabilitados para el momento en que se inscribieron en ante el CNE como candidatos, el acuerdo que se había alcanzado durante el proceso de diálogo y negociación en México permitió que estos pudiesen participar obviando su inhabilitación.

Adolfo Superlano asegura que el recurso se interpuso “en defensa de los electores”

Adolfo Superlano ofreció este lunes declaraciones que fueron transmitidas por el canal del Estado Venezolana de Televisión, en estas dijo que el recurso que interpuso ante el TSJ y que es el responsable de detener la manifestación de voluntad de los votantes en Barinas fue hecho “en defensa de los electores”.

Según Adolfo Superlano, él introdujo el recurso considerando que Freddy Superlano, al estar inhabilitado por la Contraloría, podía generar una “situación insostenible” en la entidad llanera y que por ese motivo él, junto con el partido Min-Unidad, habían decidido dar “una respuesta política”.

Esto puede traer que se tenga que exigir la repetición de las elecciones en el estado Barinas entendiendo que el proceso fue muy cerrado a nivel de gobernación y consejo legislativo de estado, no sería así en el caso de las alcaldías porque ya están definidos, dijo el diputado señalado de tener vínculos con Alex Saab.

Además de la contradicción de defender a los votantes negando que sean gobernados por quienes ellos eligieron, Adolfo Superlano también acusó directamente al G4 (Acción Democrática, Voluntad Popular, Primero Justicia y Un Nuevo Tiempo) de ser los responsables de lo que ocurre en Barinas, pues según él, nada de esto habría pasado si ellos “no se hubieran repartido a dedo las candidaturas”.

La cúpula del G4 se repartió las candidaturas a dedo en Barinas, la cúpula del G4 es responsable de los resultados que tenemos hoy en las gobernaciones del país, dijo el político en un intento por minimizar su participación en la decisión tomada por el CNE.


Participa en la conversación