Como antecedente, el 27 de mayo, había frenado el proceso electoral del Colegio de Abogados. En total son cuatro los entes colegiados de juristas que han sido intervenidos en sus procesos electorales por el máximo tribunal del país.


Caracas. La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió este jueves, 20 de octubre, una nueva sentencia en contra del Colegio de Abogados del Estado Lara. El fallo dejó sin efecto las dos asambleas generales que se efectuaron este año. Asimismo, le impuso a la organización una junta directiva Ad Hoc la cual no podrá convocar a elecciones dentro del gremio.

En específico, la decisión de la Sala Electoral anuló los acuerdos que se alcanzaron en las asambleas generales extraordinarias llevadas a cabo los días 18 de febrero y 15 de marzo de 2022. En estos encuentros se eligieron las dos juntas directivas paralelas, en cambio designó una junta directiva Ad Hoc en la que los cargos de vicepresidente y secretario se repartieron entre las juntas directivas disueltas.

Además de imponer la junta directiva Ad Hoc, la sentencia del 19 de octubre de la Sala Electoral ordenó a ésta no llevar a cabo ningún tipo de actividad electoral dentro del ente colegiado hasta que no exista una sentencia definitiva sobre el caso del Colegio de Abogados de Lara.

Esta es la segunda sentencia que emite  la Sala Electoral en el año contra el Colegio de Abogados de Lara, siendo la primera la del 27 de mayo, en la que ordenó frenar un proceso electoral que una de las dos directivas planeaba llevar a cabo.

Estado interventor 

Además del Colegio de Abogados de Lara, otros tres colegios regionales han sido afectados por sentencias del TSJ entre enero y octubre de este año.

El 25 de mayo, la Sala Electoral emitió una sentencia contra la Junta Electoral del Colegio de Abogados de Carabobo para detener una elección que se planeaba realizar el 27 de mayo. La misma se ratificó meses después con otra decisión, que se publicó el 4 de julio.

Una sentencia similar se dictó el 22 de junio pasado, cuando la Sala Electoral ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) conformar una junta electoral Ad Hoc para el Colegio de Abogados de Delta Amacuro. Con esta decisión se estableció que esta instancia se encargara de realizar elecciones.

Finalmente, el 28 de julio, la misma sala declaró en desacato a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Zulia. De esta forma le ordenó presentar un proyecto electoral ante el CNE y pagar una multa equivalente a 100 euros.

La ONG Acceso a la Justicia ha cuestionado las decisiones que desde la Sala Electoral han emanado en contra de los colegios de abogados. Para los representantes de la ONG, en el caso de Lara se usó como “excusa” una protección cautelar para “intervenir” dicho organismo.


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