La Constitución establece que las medidas no pueden restringir el derecho a la vida, el voto, libertad de información y pensamiento y el debido proceso.

Carlos Crespo / @CarlosCrespoR

Caracas. Este 16 de mayo entró en vigencia el decreto 2.323 de la Gaceta Oficial extraordinaria número 6.227 mediante el cual se establece el “Estado de Excepción y Emergencia Económica” en todo el territorio nacional.

La medida tiene una duración de 60 días, prorrogables por el mismo lapso, con la finalidad de “contrarrestar los efectos del ataque de factores de oposición (…) los ataques a la economía nacional y a la estabilidad democrática, la agresión de potencias extranjeras, las amenazas, el desconocimiento del Orden Jurídico y la confrontación deliberada del Poder Legislativo Nacional contra los Poderes Públicos, con la intención de derrocar al Gobierno”. Estas medidas están reguladas por la Constitución nacional y la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción. A continuación se explica en qué consiste un estado de excepción y cuáles son sus alcances.

1. ¿Qué es un estado de excepción?

Es un recurso o mecanismo del Gobierno nacional, que contempla la Constitución y la Ley venezolana, con la finalidad de “restringir” los derechos y garantías constitucionales cuando existan “circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la Nación”.

2¿Cuándo pueden declararse?

Tanto la Constitución como la Ley establecen que solo podrá implementarse ante “situaciones objetivas de suma gravedad que hagan insuficientes los medios ordinarios que dispone el Estado para afrontarlos” y agrega que “toda medida de excepción debe ser proporcional a la situación que se quiere afrontar en lo que respecta a gravedad, naturaleza y ámbito de aplicación” y que debe “tener una duración limitada a las exigencias de la situación que se quiere afrontar”.

3. ¿Cuáles fueron las razones dadas por el Gobierno para decretar el estado de excepción?

En el decreto 2.323 se indica que su finalidad es “asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el oportuno acceso a bienes y servicios fundamentales, e igualmente disminuir los efectos de las circunstancias de orden natural que han afectado la generación eléctrica, el acceso a los alimentos y otros productos esenciales para la vida”.

4. ¿Cuántos tipos de estados de excepción existen?

Existen cuatro tipos de estado de excepción:

1) El estado de alarma: cuando se produzcan catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos similares que pongan seriamente en peligro la seguridad de la Nación. Dicho estado de excepción durará hasta treinta días, siendo prorrogable por treinta días más.

2) El estado de emergencia económica: cuando se susciten circunstancias económicas extraordinarias que afecten gravemente la vida económica de la Nación. Su duración será de hasta sesenta días, prorrogable por igual plazo.

3 y 4) El estado de conmoción interior o exterior: en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación. Se prolongará hasta por noventa días, siendo prorrogable hasta por noventa días más.

5. ¿Qué tipo de estado de excepción fue decretado por Maduro?

En el documento se habla de un “Estado de Excepción y de la Emergencia Económica”. La duración de la medida concuerda con el estado de “emergencia económica” que puede extenderse por 60 días y ser prorrogado por el mismo lapso.

6¿Cuáles derechos constitucionales no pueden restringirse o suspenderse?

La Ley Orgánica Sobre los Estados de Excepción señala expresamente que podrán ser restringidas las garantías constitucionales salvo los derechos a:

  1. La vida.
  2. El reconocimiento a la personalidad jurídica.
  3. La protección de la familia.
  4. La igualdad ante la ley.
  5. La nacionalidad.
  6. La libertad personal y la prohibición de práctica de desaparición forzada de personas.
  7. La integridad personal física, psíquica y moral.
  8. No ser sometido a esclavitud o servidumbre.
  9. La libertad de pensamiento, conciencia y religión.
  10. La legalidad y la irretroactividad de las leyes, especialmente de las leyes penales.
  11. El debido proceso.
  12. El amparo constitucional.
  13. La participación, el sufragio y el acceso a la función pública.
  14. La información.

7. ¿Cuáles derechos se restringen en el decreto?

A diferencia del decreto 1950 del año pasado en el nuevo texto no se especifica los derechos restringidos. Sin embargo, se da amplios poderes en materia económica lo que en la práctica podría limitar el derecho de las personas a dedicarse a las actividades económicas de su preferencia contemplado en el artículo 112 de la Constitución. También se señala que las autoridades pueden “dictar medidas y ejecutar planes especiales de seguridad pública que garanticen el sostenimiento del orden público ante acciones desestabilizadoras que pretendan irrumpir en la vida interna del país o en las relaciones internas de este”. Sin embargo, no se especifica si esto afecta derechos como la necesidad de una orden judicial para allanar una residencia (art. 47) o intervenir las comunicaciones privadas (art. 48); transitar libremente por el territorio nacional o el derecho a reuniones públicas y privadas con fines lícitos (art. 53) y el derecho a manifestar pacíficamente (art. 68). La Constitución señala que estas limitaciones deben ser especificadas con claridad. El artículo 5 del decreto establece la posibilidad de suspender el porte de armas en el territorio nacional, para garantizar la paz, a excepción de los cuerpos de seguridad del Estado y la Fuerza Armada Nacional.

8.¿Qué dice el decreto sobre la AN?

Al considerar que el Poder Legislativo Nacional adelanta una “confrontación deliberada para derrocar al Gobierno” se limita, de hecho, varias competencias constitucionales del Parlamento: la obligación del ejecutivo de pasar por la AN créditos adicionales y contratos de interés público “para el desarrollo económico del país”. A pesar de esto, se establece que el decreto será remitido al Parlamento para su consideración dentro de los 8 días hábiles como establece la Constitución. El Parlamento y el Tribunal Supremo de Justicia deben dar su visto bueno al documento para que este se mantenga en vigencia.

9. ¿Qué cuerpos de seguridad y poderes públicos participan en la ejecución del decreto?

Del decreto se desprende que actuarán la Fuerza Armada Nacional, órganos de seguridad del Estado y los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (Clap), organizaciones comunitarias, recién creados por el Gobierno. El artículo 6 del decreto se indica que las medidas deben hacerse con “estricta sujeción a la garantía de los Derechos Humanos”. Aunque no se especifica la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público son los órganos encargados de velar por los derechos fundamentales.

10. ¿Se pueden celebrar elecciones en medio de un estado de excepción?

Si, puesto que entre las garantías y derechos constitucionales que no se pueden suspender están la participación y el sufragio. De hecho el pasado 6 de diciembre se realizaron elecciones en más de 20 municipios en los que regía un estado de excepción decretado por el Ejecutivo nacional.


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