De acuerdo con el mandato constitucional, el Poder Legislativo entra en receso desde el 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de cada año. Sin embargo, en ese lapso se instala la comisión Delegada, integrada por la directiva y los presidentes de todas las comisiones. Pueden reunirse para debatir temas de interés o convocar sesiones extraordinarias si se requiere. Omar Barboza informó que la próxima semana abordarán la crisis de la salud.

Caracas. “En relación con los comentarios de que los diputados se van de vacaciones, nuestra Constitución establece este receso parlamentario que no quiere decir que nos vamos de vacaciones. Aquí está la comisión Delegada con sus atribuciones y con la posibilidad, si se justifica, de convocar sesiones extraordinarias”.

Así respondió este jueves el presidente de la Asamblea Nacional, Omar Barboza (UNT-Zulia), a la campaña difundida en redes sociales que afirma que los diputados de la oposición se desconectarán del trabajo político y la realidad nacional durante un mes.

Barboza acotó que en las próximas cuatro semanas, la comisión Delegada se reunirá una vez a la semana los días martes a las 11 de la mañana y se ocuparán de tratar temas de interés nacional. El pasado 16 de agosto los diputados analizaron el previsible impacto del paquete de medidas económicas anunciadas por Nicolás Maduro, y para ello contaron con economistas que ofrecieron sus opiniones y presentaron algunas propuestas a los diputados.

Para el próximo martes inicialmente estaba previsto que la Asamblea, en comisión Delegada, discutiera sobre la crisis del sector salud, pero, ante nuevos anuncios económicos, la directiva convocó a una sesión extraordinaria del pleno para ese día.

“Estamos trabajando”

“Nosotros no declaramos el receso. El receso lo declara la Constitución”, respondió el miércoles la presidenta de la Comisión de Política Interior, Delsa Solórzano (UNT), al ser consultada sobre el asunto:

Otros diputados e integrantes de la directiva han utilizado sus redes sociales para refutar los señalamientos sobre esta materia.

“Para dejar claro a los amigos en las redes y opinión pública, la Asamblea no está de vacaciones, se encuentra trabajando, estamos en receso constitucional pero instalada la comisión Delegada que puede convocar plenaria extraordinaria”, escribió Winston Flores (VP-Vargas).

Por su parte, el secretario de la AN, Negal Morales, publicó el jueves en su cuenta Twitter: “Por mandato constitucional la Asamblea terminó sesiones ordinarias el 15 de agosto y se instaló la comisión Delegada que hoy trató las últimas medidas económicas. El 21 de agosto tratará el tema de la salud. Seguimos trabajando a pesar de los ataques del gobierno y sus aliados”.

¿Qué dicen la Constitución y el Reglamento?

El artículo 219 de la Constitución delimita los dos períodos de sesiones ordinarias que rigen el trabajo parlamentario. El primero “comenzará, sin convocatoria previa, el 5 de enero de cada año o el día posterior más inmediato posible y durará hasta el 15 de agosto”, dice el artículo. El segundo período “comenzará el 15 de septiembre o el día posterior más inmediato posible y terminará el 15 de diciembre”.

En el ínterin opera lo que se denomina “receso parlamentario”. En este lapso, dice el artículo 195 constitucional, “funcionará la Comisión Delegada integrada por el presidente, los vicepresidentes y los presidentes comisiones permanentes”.

El artículo siguiente especifica las atribuciones de la comisión Delegada:

1. Convocar la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias, cuando así lo exija la importancia de algún asunto.

2. Autorizar al Presidente o Presidenta de la República para salir del territorio nacional.

3. Autorizar al Ejecutivo Nacional para decretar créditos adicionales.

4. Designar Comisiones temporales integradas por miembros de la Asamblea.

5. Ejercer las funciones de investigación atribuidas a la Asamblea.

6. Autorizar al Ejecutivo Nacional por el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes para crear, modificar o suspender servicios públicos en caso de urgencia comprobada.

7. Las demás que establezcan esta Constitución y la ley.

Por su parte, el Reglamento Interior y de Debates de la AN precisa que la comisión Delegada se instalará el día y hora que fije la presidencia con al menos la mayoría de sus integrantes (Art. 53); que se reunirá todas las veces que sea necesario para abordar temas de su competencia (Art. 54) y que el funcionamiento de la Comisión Delegada se regirá por las disposiciones de funcionamiento de la Asamblea Nacional (Art. 55).

Asimismo, entre las atribuciones del presidente de la Asamblea Nacional, enumeradas en el artículo 27 del Reglamento, no figura la potestad de suspender el receso parlamentario.

Fotos y vídeo Maru Morales P., Crónica.Uno


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