Foto cortesía CIDH Daniel Cima

Estos son los hitos en el caso de la abogada y defensora de Derechos Humanos, Linda Loaiza, cuyo expediente será revisado nuevamente en una corte de apelaciones del sistema judicial venezolano, tras décadas de impunidad

Caracas. Más de dos décadas después de haber sobrevivido a un secuestro de casi cuatro meses marcado por agresiones físicas extremas, torturas y violaciones sistemáticas, la lucha de Linda Loaiza revivió con la convocatoria para la celebración de una nueva audiencia en el caso que se sigue en contra de su agresor Luis Antonio Carrera Almoina. 

La cita está fijada para este miércoles, 11 de agosto, a las 11:00 a. m., ante la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del área metropolitana de Caracas.

Pasaron 10 años para que la justicia en Venezuela atendiera estos recursos de apelación que impugnan la decisión emitida en marzo de 2006 por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Función de Juicio, que absolvió al imputado del delito de violación.

La convocatoria responde al cumplimiento de una sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el 15 de diciembre de 2016, bajo la ponencia de la magistrada Gladys Gutiérrez Alvarado, mediante la cual se ordenó a una sala distinta conocer los recursos de apelación interpuestos tanto por el Ministerio Público como por López Soto en su condición de víctima y querellante.  

Durante años, ante instancias locales e internacionales Loaiza ha persistido en su denuncia y ha retratado su caso como una muestra de la impunidad estructural, donde el aparato de justicia falló en protegerla y, además, operó como un engranaje de revictimización y complicidad institucional.

Una década de espera

Lejos de agotarse en las fronteras nacionales, el expediente trascendió la negligencia interna hasta convertirse en un hito histórico para el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. 

“Diez años después de que el Tribunal Supremo de Justicia ordenara a una Sala distinta conocer nuevamente estas apelaciones, este caso vuelve al conocimiento de la Corte de Apelaciones. El paso del tiempo no convierte la impunidad en justicia”,

escribió Loaiza en su cuenta de X al anunciar la citación.  

En noviembre de 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia histórica que declaró al Estado venezolano responsable por violar garantías judiciales, igualdad ante la ley y la prohibición absoluta de tortura y tratos crueles. 

El fallo internacional expuso con crudeza cómo la complicidad y el tráfico de influencias permitieron que el agresor de la abogada y defensora de Derechos Humanos evadiera la justicia plena, dejando al descubierto la incapacidad deliberada del Estado para investigar con perspectiva de género.

Estos son algunos hitos en el caso de esta mujer que se volvió abogada y activista para defenderse del Estado venezolano: 

2001: El secuestro, la tortura y la inacción policial

Desde el 27 de marzo y hasta el 19 de julio de 2001, Linda Loaiza López Soto, de entonces 18 años, fue secuestrada, retenida y sometida durante casi cuatro meses en un apartamento al este de Caracas por Luis Antonio Carrera Almoina, hijo de un exrector universitario.

Durante ese período fue víctima de agresiones físicas extremas, fracturas múltiples, quemaduras, privación de alimentos y violaciones sexuales reiteradas.

Tras lograr gritar pidiendo auxilio, organismos de rescate ingresaron al inmueble y lograron rescatarla con vida, pero en condiciones críticas que exigieron más de una docena de cirugías reconstructivas y un año de hospitalización.

2001 – 2006: El laberinto procesal y la absolución parcial

El juicio se sumerge en una marea de recusaciones, más de 18 diferimientos, tácticas dilatorias de la defensa y cambios constantes de tribunales amparados en el tráfico de influencias del agresor.

Carrera Almoina sostuvo que fueron terceros quienes llevaron a Loaiza, ya golpeada, hasta su apartamento, y que él no denunció los maltratos porque ella se lo pidió para no involucrar a personas cercanas.  

Expuso que su familia ayudaba económicamente a la familia de Loaiza que venía de un origen humilde y estudiaba veterinaria en la Universidad Central de Venezuela. Loaiza ha negado siempre haber tenido una relación con su agresor y sostiene que fue secuestrada. 

Como defensa, se planteó que Loaiza ejercía la prostitución y que se habrían conocido a través de un aviso clasificado donde ella ofrecía sus servicios, lo que Loaiza siempre negó y aseguró que vició el caso.  

2006: una sentencia injusta

El 22 de mayo de 2006, un tribunal de juicio emitió una sentencia en la que condenó a Carrera Almoina únicamente por los delitos de privación ilegítima de libertad y lesiones gravísimas, pero lo absolvió del delito de violación, a pesar de las pruebas forenses y médica. 

El agresor recibió una pena menor de seis años que, sumada al tiempo en prisión preventiva, le permitía salir en libertad en 2008.

2008: Libertad para “el monstruo de Los Palos Grandes”

Carrera Almoina, a quien se conoció desde entonces por el seudónimo de ‘El Monstruo de Los Palos Grandes’, pues las agresiones contra Loaiza se consumaron en esta zona de Chacao, obtuvo su libertad a los dos años de recibir sentencia.   

Ante la denegación de justicia interna y la impunidad, el caso escaló de manera formal al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, con el auspicio de organizaciones como COFAVIC y CEJIL.

Libro de Linda Loaiza
Foto: cortesía de Editorial Dahbar

2016: Loaiza, la primera ante la CIDH

El 15 de diciembre de 2016, tras años de apelaciones estancadas, el TSJ dictó la sentencia número 1992 a través de la cual ordenó que una sala de apelaciones distinta a la que había fallado revisara de nuevo los recursos contra la sentencia de 2006.

Loaiza fue la primera venezolana en llevar un caso de violencia de género atribuido al Estado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

2018: Justicia más allá de las fronteras  

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia histórica contra el Estado venezolano.

La Corte declaró al Estado responsable por la violación de las garantías judiciales, protección judicial, igualdad ante la ley, integridad personal, y por violar la prohibición de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes.

El fallo internacional determinó que Venezuela falló en investigar los hechos con perspectiva de género y ordenó reparar integralmente a Linda Loaiza, además de adoptar medidas estructurales para erradicar la impunidad en casos de violencia sexual.

Una década: idas y venidas en el TSJ 

En diciembre de 2016, a raíz de presiones jurídicas internacionales y recursos interpuestos por el Ministerio Público y la defensa, la Sala Constitucional del TSJ anula parcialmente la decisión de 2006 y ordena que una nueva Corte de Apelaciones examine la absolución por el delito de violación. Sin embargo, el proceso entra en un limbo de inacción institucional.

Tras años de dilaciones administrativas, se notifica formalmente que la Corte de Apelaciones celebrará una audiencia para conocer la apelación contra aquella absolución por violación que data de 2006.

Este lunes, Loaiza posteó una fotografía desde los tribunales en Caracas y escribió: “Hay lugares que guardan recuerdos que vuelven a doler. Después de tantos años, regresar a ellos no solo es estar presente; también es enfrentar una historia que aún espera justicia y que las víctimas no deberíamos volver a vivir”.

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