El documento señala que la visa será gratuita, el solicitante solo asumirá el costo del formulario de solicitud. A partir del 26 de agosto los venezolanos requerirán presentar la visa en los puntos de control de Ecuador, mientras que el proceso de regularización culminará el 31 de marzo de 2020.

Caracas. El gobierno ecuatoriano de Lenín Moreno firmó y publicó el Decreto Ejecutivo N° 826 con fecha del 25 de julio, en que se establecen tres nuevos mecanismos legales para los migrantes venezolanos que viven y aspiren a emigrar a Ecuador: amnistía migratoria, censo y visa humanitaria. Según la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados en Ecuador hay 263.000 refugiados y migrantes de Venezuela.

Ecuador se convirtió en el tercer país de la región —después de Perú y Chile— en establecer visados para migrantes y refugiados venezolanos.

El artículo 1 decreta otorgar una amnistía migratoria para todos los venezolanos que no hayan violado las leyes del Ecuador.

Para esto, se considerará a quienes ingresaron al país a través de puntos de control migratorio hasta la fecha de entrada en vigencia del decreto. También para los ciudadanos que a pesar de haber ingresado regularmente a Ecuador, se encuentren en condición migratoria irregular por haber excedido el tiempo de permanencia otorgado.

El artículo 2 señala la implementación de un proceso de regularización por motivos humanitarios mediante un censo de extranjeros y el otorgamiento de una visa de residencia temporal de excepción por razones humanitarias para los venezolanos mencionados en el artículo 1.

La visa será gratuita, el solicitante solo asumirá el costo del formulario de solicitud. El proceso de regularización culminará el 31 de marzo de 2020.

El Gobierno de Ecuador también reconocerá la validez de los documentos de identidad hasta cinco años después de la fecha de expiración.

Los venezolanos que aspiren a entrar al territorio ecuatoriano requerirán de la presentación de la visa de residencia temporal de excepción por razones humanitarias, visa consular de turismo o cualquier otra visa prevista en la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

La medida comienza a regir en un plazo de 30 días a partir de la entrada en vigencia del decreto. Es decir, a partir del 26 de agosto los venezolanos requerirán presentar la visa en los puntos de control de Ecuador.

La Ley de Movilidad Humana estipula un visado temporal para transeúntes, turistas y solicitantes de protección internacional. Pero también para residentes temporales, permanentes, diplomáticos, humanitaria, turismo y convenio.

El decreto fue anunciado por Moreno el 26 de julio desde Guayaquil.

Reforma de ley

La ministra de Interior de Ecuador, María Paula Romo, junto con el canciller José Valencia, entregaron al presidente de la Asamblea Nacional ecuatoriana, César Litardo, la propuesta de reforma a la Ley de Movilidad Humana, “con la que se busca regularizar los procesos migratorios”, se lee en la cuenta en Twitter del Ministerio del Interior.

Romo destacó que una de las propuestas de la reforma es la visa humanitaria: “Para lo que se entregarán instructivos, ya que no se puede dar el mismo tratamiento a las personas que cumplen la Ley que a quienes la violan”.

El viernes pasado Moreno informó que presentaría esta reforma ante la Asamblea Nacional


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