Estado sigue sin cumplir la promesa del derecho a la identidad de las personas trans, intersex y no binarias

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En Venezuela, desde el 2010 es legal que una persona pueda cambiar su nombre por razón de género. 13 años han pasado y el Estado aún no ha cumplido con este derecho para personas trans e intersexuales.

Caracas. No son seis meses, son 13 años sin que se cumpla con el derecho a la identidad y obviamente los funcionarios del Consejo Nacional Electoral son los responsables por esta discriminación. Así describe la abogada Richelle Briceño, el estatus actual de la lucha de la población de lesbianas, gais, bisexuales, trans, intersex y queer (LGBTIQ+), en especial la de las personas trans e intersexuales, por su derecho a la identidad.

El cambio de nombre es legal en Venezuela desde 2010,  año en el cual entró en vigencia la actual Ley Orgánica de Registro Civil (LORC).

Esto está reflejado en el artículo 146 que detalla que esta modificación se realizará “por una sola vez”, cuando el nombre de una persona sea infamante, la someta al escarnio público, atente contra su integridad moral, honor y reputación, o no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de su personalidad.

Foto: Tairy Gamboa

Pese a esto, 13 años después de la entrada en vigencia de esta normativa, en el país las personas que deseen ejercer su derecho a la identidad con un cambio de nombre, chocan con la misma barrera: el CNE.

El ente comicial es el encargado, a través de uno de sus órganos subordinados (la Comisión de Registro Civil y Electoral), de regir lo relacionado con el Registro Civil.

A la falta de voluntad del CNE para afrontar y llevar a cabo lo relacionado con el cambio de nombre de estas personas, ahora hay que sumarle el hecho de que con la renuncia de los rectores principales del órgano comicial ligados al oficialismo, el poco avance que se había logrado en esta materia quedó “perdido”.

Una promesa que no se cumplió y una población a la espera

Para Richelle Briceño, quien además de abogada es una mujer trans, esto ocurre porque los funcionarios del Estado y del CNE hacen valer sus prejuicios por encima de los derechos contemplados en la ley. No hay otra razón, no es un tema de interpretación de la ley. La ley (Orgánica de Registro Civil) es clara.

El 21 de noviembre de 2022, tres activistas de la población LGBTIQ+ se encadenaron frente a la sede de la Defensoría del Pueblo para exigir, entre otras cosas, el derecho a la identidad y el cumplimiento del artículo 146 de la LORC. Richelle recordó que esto sirvió para generar cierta “respuesta” por parte del Estado.

Richelle Briceño. Foto: Gleybert Asencio

Cuando se levanta esta huelga, eso pasa porque se dieron varias reuniones: con la Asamblea Nacional, con la Defensoría y el Ministerio Público. Desde la Asamblea se asumió que el artículo (146 de la LORC) no se estaba cumpliendo, comentó.

La jurista agregó que durante esos encuentros los diputados Pedro Infante e Iris Varela se comprometieron a hacer valer la ley con el CNE.

Este puente de la AN con el CNE es lo que permite que nos hayamos acercado a pedir el cumplimiento del 146. El CNE determina que no hay que pedir interpretación, reconocen que cualquier persona puede pedir el cambio de nombre. Sin embargo, establecen que deben aplicar dos medidas: una administrativa y otra tecnológica, para poder cumplir con el cambio de nombre, dijo Briceño.

Protesta de la comunidad LGBTIQ+ protestando frende al CNE. Foto: Tairy Gamboa

Específicamente habría que “adecuar” una resolución administrativa del CNE para regular lo correspondiente con el cambio de nombre, y luego esperar a que el CNE cumpla con la “adecuación de su plataforma tecnológica”, algo que hizo ya el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime).

Desde entonces, la comunidad trans e intersexual ha permanecido esperando una respuesta que no se ha dado.

En el 2023 se han realizado varias protestas en la sede del CNE en Plaza Caracas para exigir, sin éxito, que se dé el inicio de los cambios de nombres por motivo de género, algo que no ha pasado todavía en el país.

Un derecho que no es un capricho

El derecho a la identidad de las personas trans, no binarias e intersex, es un derecho y al no poder acceder a este, sufren como consecuencia una desmejora en su calidad de vida.

Al no tener acceso al derecho de la identidad, están condenados a una situación de vulnerabilidad que se refleja en la cotidianidad: en no poder acceder a empleos dignos, no poder romper los círculos de pobreza y pobreza extrema, Yendri Velásquez, coordinador del Observatorio Venezolano de Violencia LGBTIQ+.

A juicio del activista, esta situación influye en la precariedad económica de las persona lo cual en algunos casos los deja aún más marginados dentro de una sociedad venezolana que carece de las políticas para atender sus necesidad.

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Foto: Manuel Díaz

Hoy las personas trans, no binarias e intersex no participan formalmente en la actividad económica, con lo limitada que está. Además de esto se ve como acceder a salud y educación se dificulta por este tema. Como todos los DDHH el derecho de la identidad y su carencia dificulta el acceso a otros derechos, dijo.

Un caso particular en el que esto ha incidido, va de la mano con el trabajo que hace el OVV-LGBTIQ+, el del seguimiento a los actos de violencia que sufren las personas de la comunidad.

Cuando una persona trans si quisiera ir a denunciar a la fiscalía especial, la unidad de atención de víctimas le va a pedir su documentación y ha pasado que cuando se presenta el documento se generan procesos dilatorios y pueden ser procesos revictimizantes para que las personas trans puedan denunciar, comentó.

En los casos específico de las mujeres trans, que su identidad no sea reconocida hace que las agresiones no se consideren como hechos basado en género y no entran en las leyes que protegen a las mujeres, sino que se toma como una agresión común sin el agravante.

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