CIDH amplía medidas cautelares a favor de veinte venezolanos con esclerosis múltiple

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) considera que los derechos a la vida, integridad personal y salud de esas 20 personas se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable en Venezuela.

Caracas. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió el 7 de enero de 2021, mediante la Resolución 4/2021, ampliar medidas cautelares a favor de veinte personas con esclerosis múltiple, tras considerar que sus derechos a la vida, integridad personal y salud se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable en Venezuela.

De acuerdo con la representación, las personas se encuentran en una situación de riesgo ante la falta de tratamiento médico adecuado para atender sus condiciones médicas que genera la esclerosis múltiple. Se alegó que el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS) no estaría entregando los medicamentos prescritos que deberían recibir en atención de sus condiciones médicas, pese a las acciones iniciadas para obtenerlos. 

Los solicitantes detallaron los impactos en salud que vienen sufriendo debido a la falta de sus tratamientos médicos prescritos. La Comisión solicitó información al Estado en los términos del artículo 25 del Reglamento.

Tras analizar los alegatos de los afectados, la Comisión considera que se demostró que las 20 personas se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida, integridad personal y salud están en riesgo de daño irreparable. 

“En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó al Estado de Venezuela: a) Adopte las medidas necesarias para proteger la vida, integridad personal y salud de las personas beneficiarias, mediante la adopción de las medidas inmediatas que posibiliten el acceso a un tratamiento médico adecuado, incluyendo los medicamentos necesarios de conformidad con lo prescrito por los médicos correspondientes, así como los diagnósticos y exámenes que permitan evaluar de manera regular su estado de salud, según los estándares internacionales aplicables”.

La CIDH resalta que, de acuerdo con el artículo 25 (8) de su Reglamento, la ampliación de la presente medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre violación alguna de los instrumentos aplicables.

En febrero de 2018 la CIDH otorgó medidas cautelares a todos los niños y niñas pacientes del Servicio de Nefrología del Hospital J. M. de los Ríos frente a los riesgos y daños irreparables a la salud y a la vida, como consecuencia del desabastecimiento de medicamentos, insumos y equipos médicos en dicho centro de servicio hospitalario público de Venezuela.

En agosto del año pasado ampliaron las medidas cautelares para proteger a los niños, niñas y adolescentes pacientes en trece Servicios del Hospital José Manuel de los Ríos en Caracas, tras considerar que se encontraban en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos.

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