La Comisión concluyó que las beneficiarias no estarían recibiendo el tratamiento médico prescrito correspondiente por parte del Instituto Venezolano de Seguros Sociales, por periodos prolongados.

Caracas. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó el 14 de octubre de 2020 la Resolución 68/2020, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de 12 mujeres con cáncer de mama en Venezuela, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos.

La Comisión valoró que, de acuerdo con la solicitud, en el contexto de escasez y desabastecimiento de medicamentos, insumos, material y tratamiento médico que enfrenta el Estado, las beneficiarias no estarían recibiendo el tratamiento médico prescrito correspondiente por parte del Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS) por periodos de tiempo prolongados, a pesar de haberlo recibido previamente.

Y consideró que los factores de riesgo descritos por las solicitantes tendrían serias consecuencias diferenciadas en la salud, por su sola condición de mujer, ya que estas suponen una forma adicional de violencia en su contra.

De acuerdo con el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH solicitó al Estado de Venezuela que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de las beneficiarias, mediante la aplicación de políticas inmediatas que posibiliten el acceso a un tratamiento médico adecuado, incluyendo a los tratamientos necesarios de conformidad con lo prescrito por las y los profesionales de salud correspondientes, así como los diagnósticos y exámenes que permitan evaluar de manera regular su estado de salud, según los estándares internacionales aplicables y con la incorporación de una perspectiva de género, a estas 12 mujeres con cáncer de mama.

La solicitud fue realizada el 3 de junio de 2019 por el Centro de Justicia y Paz (Cepaz), Acción Solidaria, Funcamama, Prepara Familia y SenosAyuda.

Los pasos de la medida

En los términos del artículo 25.5 de su Reglamento, la CIDH solicitó información al Estado y a las solicitantes el 8 de octubre de 2019, y reiteró la petición al Estado el 13 de enero de 2020. Las solicitantes remitieron información adicional el 19 de febrero y 1° de mayo de 2020.

Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por las solicitantes, la Comisión consideró, desde el estándar prima facie aplicable, que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida, integridad personal y salud están en riesgo de daño irreparable.

Las 12 mujeres con cáncer de mama beneficiadas de las medidas que aparecen en la resolución de la CIDH son:

  1. D.P.M. (46 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama en marzo de 2017. Ese mismo año había recibido ocho sesiones de quimioterapia, después de las cuales le correspondería recibir radioterapia. No obstante, el tratamiento no le fue proporcionado por el IVSS. Tiene pendiente la realización de dos cirugías. La beneficiaria solicitó la entrega de su tratamiento ante el IVSS en varias ocasiones, por lo menos desde enero de 2018, además viajó a Caracas, Barquisimeto y Maracay en búsqueda de medicamentos y tratamiento sin conseguirlos.
  2. M.A.D.V. (44 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama estadio II en julio de 2015. Empezó las quimioterapias, luego fue sometida a cirugías en mayo de 2016 y radioterapia ese mismo año. Siguiendo con su tratamiento, requería un “bloqueo hormonal” a través de los medicamentos Gosereline y Tamoxifeno, los cuales le entregó el IVSS hasta abril y agosto de 2017, respectivamente. A partir de ese momento, ha tenido un acceso irregular a esos medicamentos a través de compras en Colombia o donativos de fundaciones como Funcamama, y aún le faltan tres años para culminar el tratamiento. Asimismo, tiene pendiente la realización de cirugías a la otra mama por riesgo genético y reconstrucción, así como una histerectomía preventiva. Sin embargo, a la fecha no habría sido sometida a las mismas y no habría recibido respuesta por parte del IVSS. Ha solicitado la entrega de su tratamiento reiteradas veces al Instituto desde agosto de 2017.
  3. M.A.C.T. (39 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama en octubre de 2017 y operada en diciembre del mismo año. Necesitaba quimioterapia con los medicamentos Docetaxel y Ciclofosfumida. Sin embargo, nunca ha recibido los mismos por parte del IVSS. Tuvo que acceder a ellos de manera excepcional a través de farmacias privadas en el extranjero que enviarían los productos a Caracas. El IVSS no le emitió una receta médica que le permitiría la adquisición de los fármacos, razón por la cual solicitó un informe médico mensualmente a un oncólogo para enviarlo a Colombia y así realizar la compra. En junio de 2019, se había administrado una quimioterapia oral comprada en Colombia. Desde 2017 solicita sus medicinas al IVSS.
  4. M.E.A. (36 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama en abril de 2018. Luego seguiría un tratamiento de quimioterapia conformado por los medicamentos Ciclofosfamida, Doxorrubicina, Dexrazoxane (Cardioxane), Lenograstin, Aprepitant y Palonosetron, el cual no recibe con regularidad. Asimismo, debería encontrarse en quimioterapias de mantenimiento con Tamoxifeno y Gosereline, pero se topó con la irregularidad en su entrega por parte del IVSS. Buscó en farmacias privadas y en redes sociales, pero a precios muy altos en dólares estadounidenses. Desde mayo de 2018 ha denunciado la falta de dichos medicamentos en la farmacia de Puerto Cabello, ante la Dirección General del IVSS. A raíz de ello, le fue entregada una planilla para que retirara los medicamentos en la farmacia Los Ruices, no obstante, al mes siguiente, la directora se negó a entregarle el medicamento. Al volver, le indicaron que tenía que retirarlos en Puerto Cabello. Luego le dijeron que no podría cambiar de farmacia. Actualmente, ha sido reincorporada al sistema y no estaría recibiendo ningún tratamiento por parte del IVSS.
  5. M.L.Z. (58 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama en mayo de 2018. También le recetaron quimioterapia consistente en Doxorrubicina y Ciclofosfamida, medicamentos que no recibiría por parte del IVSS. La mujer estaría logrando cumplir con su tercer ciclo de seis quimioterapias con insumos que ella compra a revendedores externos a altos precios.
  6. I.A.M. (61 años). Padece de cáncer con mama desde el 2017 y requeriría de tratamiento con el medicamento Anastrazol, por una duración de 4,5 años. Lo recibió durante dos años. Sin embargo, desde abril de 2018, el IVSS no le proporciona lo requerido para su tratamiento, a pesar de que ella habría acudido a solicitarlo de forma expresa al Instituto.
  7. A.M.G. (51 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama estadio III en octubre de 2014. Fue prescrito un tratamiento con el medicamento Tamoxifeno, lo cual habría recibido por parte del IVSS por un año. Desde 2018 dejó de recibirlo, aun cuando lo necesita por cinco años. Tiene pendiente la realización de varios exámenes, incluyendo la resonancia de la mama específica, los cuales no se ha hecho a la fecha. Desde noviembre de 2019 no recibe el medicamento Zometa (ácido zolendrónico) debido a que no se encuentra disponible en las farmacias del IVSS. Ha solicitado el fármaco desde agosto de 2016.
  8. D.A.C. (41 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama en septiembre de 2016 y operada en octubre del mismo año. Fue prescrito tratamiento con Doxorrubixina, medicamento que nunca obtuvo de parte del IVSS a pesar de que fuera indispensable para cumplir con la quimioterapia. Posteriormente, recibió cuatro ciclos de quimioterapia con Ciclofosfamida, entregada a ella por última vez el 18 de enero de 2017. Inició radioterapia externa desde febrero de 2017 hasta el 10 de abril del mismo año. Fue prescrito tratamiento con Tamoxifeno y Goserelina (Zoladex), pero solamente recibió dos cajas de esos medicamentos en enero y febrero de 2017, los cuales debe tomar por 10 años y tres años, respectivamente. Según informe médico del 3 de mayo de 2019, necesitaba reiniciar el tratamiento de Tamoxifeno cada 6 meses en vista de “osteopenia en fémur y resultados que indican disminución de recurrencia con el uso de Zometa”. Dicho medicamento no está disponible en las farmacias del IVSS.
  9. G.L. (60 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama en junio de 2018. No recibe tratamiento de formar regular desde junio de 2018. A finales de 2019, fue operada en la Clínica Luis Razetti, pero está pendiente el resultado de biopsia y la realización de una consulta médica, los cuales no han sido proporcionados hasta la fecha por el IVSS.
  10. L.V.G. (47 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama en septiembre de 2017. Recibió 20 sesiones de radioterapia. Le indicaron tratamiento con Tamoxifeno por cinco años, según informe médico de 18 de junio de 2019. Aún no lo obtiene a pesar de haberlo solicitado ante el IVSS. Cuando lo tiene es por la ayuda de la organización SenosAyuda, o a través de familiares o amigos que habrían traído los medicamentos fuera del país.
  11. P.M. (52 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama en julio de 2018. Según informe médico del 13 de mayo de 2019, le diagnosticaron un carcinoma dúctil infiltrante y se planificó un tratamiento con los medicamentos Ciclofosfamida y Doxorrubicina por cuatro ciclos, y luego cuatro ciclos de Docetaxel y Trastuzumab. Se le indicó continuar con tratamiento de Trastuzumab, Zometa, Dezametazona, Ranitidina y Clorotimetron, y radioterapia. Los remedios los ha obtenido de forma irregular. La última entrega el 17 de junio de 2019. Asimismo, requiere de una inmunohistoquímica, los resultados de la misma son indispensables para una nueva revisión médica, que tampoco le ha proporcionado el IVSS. Ha denunciado la falta de atención médica desde junio de 2019, sin haber recibido una respuesta al respecto.
  12. C.E. (49 años). Fue diagnosticada con cáncer de mama estadio II en enero de 2016. Desde el 8 de marzo de 2018 espera por la radioterapia. No estaría recibido ningún tipo de tratamiento por parte del IVSS.

La solicitud destaca que, si bien algunas de las 12 mujeres con cáncer de mama lograron obtener los medicamentos y tratamiento que requerirían en algún momento después de que el IVSS los dejara de entregar, eso solo habría sido posible gracias a donaciones por parte de organizaciones no gubernamentales y fundaciones. En ese sentido, algunas consiguieron medicamentos en Colombia y otros países, lo que implicaría gastos económicos grandes, conllevando asimismo un riesgo adicional respecto de los requisitos de refrigeración. Además, se señala que el Estado habría restringido la entrada de medicamentos al país, con lo cual, en el supuesto de que las propuestas beneficiarias pudieran pagar el elevado costo de su tratamiento fuera del país, tendrían dificultades en ingresarlo al mismo.

Las solicitantes manifiestan que la pandemia de COVID-19 habría creado obstáculos adicionales para obtener sus medicamentos y tratamientos: el paso entre ciudades en Venezuela está restringido y la frontera entre Colombia y Venezuela sigue cerrada, lo cual impacta de forma directa a estas 12 mujeres con cáncer de mama debido a que el limitado acceso que algunas de ellas tenían a la salud oncológica era a través de insumos y medicamentos adquiridos en Colombia.


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