Maduro puede disolver a la AN, pero solo si ella le da motivos

nueva junta directiva de la Asamblea Nacional electa en 2015

En los últimos dos días el mandatario ha asegurado que es cuestión de tiempo para que el Parlamento desaparezca. ¿Podría ocurrir esto dentro de lo establecido en la Constitución?

Caracas. “La Asamblea Nacional de Venezuela perdió vigencia política, es cuestión de tiempo para que desaparezca, así lo creo, está desconectada de los intereses nacionales”. La afirmación la hizo el martes el presidente Nicolás Maduro, quien ayer insistió en el asunto lanzando al aire la siguiente pregunta: “¿Esta Asamblea llegará hasta octubre?”.

¿Las palabras del mandatario tienen algún sustento? ¿La Constitución le permite disolver el Parlamento o es el anuncio de un fujimorazo? Pues ciertamente la Carta Magna, en su numeral 21 del artículo 236, le otorga al Jefe del Estado la posibilidad de cerrar al Legislativo, pero para hacerlo el mismo texto fundamental le establece que debe producirse una condición.

El artículo 240 estipula que “la remoción del Vicepresidente Ejecutivo en tres oportunidades dentro de un mismo período constitucional, como consecuencia de la aprobación de mociones de censura, faculta al Presidente para disolver la Asamblea Nacional. El decreto de disolución conlleva la convocatoria de elecciones para una nueva legislatura dentro de los sesenta días siguientes a su disolución. La Asamblea no podrá ser disuelta en el último año de su período constitucional”.

Hasta ahora, el Parlamento solamente ha censurado al ministro de Alimentación, Rodolfo Marco Torres, y no tiene previsto hacerlo con el vicepresidente Aristóbulo Istúriz, con lo cual esta vía legal está cerrada por ahora.

En la exposición de motivos de la Carta Magna se justifica esa prerrogativa diciendo que la misma es “un mecanismo de equilibrio democrático” para enfrentar una situación de bloqueo institucional.

Otro mecanismo sería solicitarle revocatorio a todos los diputados opositores (112), pero eso tampoco se podría hacer ahora, por cuanto el artículo 72 es claro al señalar que esta consulta solamente puede activarse una vez que el funcionario ha cumplido la mitad del período, lo cual en el caso de los legisladores ocurriría en 2018.

Para el catedrático de Derecho Constitucional y Administrativo de la Universidad Central de Venezuela, Enrique Sánchez Falcón, es claro que hoy “no hay forma legal” que le permita al mandatario sacarse de encima a la AN, pues “no creo que la AN vaya censurar a tres vicepresidentes para así darle motivos al Presidente para disolverla”; y por ello no le sorprende que este haya optado por dictar otro decreto de estado de excepción.

“La intención es clara, de ahora en adelante, el Presidente Maduro pretende gobernar por decreto bajo estado de excepción. Vamos a estar en estado de excepción de forma indefinida”, dijo.

Desde el Parlamento le han restado importancia a las palabras del mandatario. “Maduro va a durar en el poder menos que la AN, que apenas lleva 6 meses electa”, replicó ayer el presidente del cuerpo, Henry Ramos Allup.

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