Al TSJ no le quita el sueño que las ciudades estén llenas de basura

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En lo que va del año la Sala Constitucional ha rechazado cinco demandas de vecinos de distintas ciudades del país que pedían que les ordenara a sus alcaldes limpiar sus comunidades. ¿La razón? Consideró que los demandantes perdieron el interés en dichos asuntos.

Juan Francisco Alonso

Caracas. La basura no es un problema que le quita el sueño a muchos alcaldes, pero tampoco a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Al menos esa es la conclusión a la que se arriba al revisar los archivos de la Sala Constitucional y constatar que en lo que va del año esa instancia ha desechado, con puros formalismos, cinco demandas que vecinos y miembros de consejos comunales interpusieron a lo largo de 2014 contra igual número de mandatarios locales para conseguir del máximo juzgado que les ordenara limpiar sus comunidades.

Los habitantes de los municipios mirandinos Guaicaipuro (Los Teques) y Brión (Higuerote), de los aragüeños Libertador (Palo Negro) y Santiago Mariño (Tumero); y de Sucre del estado Sucre (Cumaná) denunciaron ante la intérprete de la Carta Magna a sus alcaldes, todos ellos del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), a los que acusaron de no velar por un “ambiente sano” al no recolectar adecuadamente los deseos sólidos frente a las viviendas, centros educativos y de salud y comercios, lo cual ha producido una “proliferación de malos olores, roedores e insectos” que podría causar “infecciones y epidemias”.

El numeral 4 del artículo 174 de la Constitución establece que es competencia de los ayuntamientos “la protección del ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y domiciliario, comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de residuos y protección civil”.

Aunque la Sala, al menos en su sentencia 498, admitió que este asunto era serio “en razón de la notoriedad comunicacional representada por la existencia y propagación de varias enfermedades transmitidas por mosquitos, en especial, el dengue, chikungunya, zika, entre otras; cuya presencia pudiera expandirse más allá del espacio geográfico del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda, en razón de las condiciones negativas que pudieran crear las denunciadas fallas en la recolección de basura y tratamiento en general del aseo urbano en el mismo por parte de la Alcaldía”, rechazó tomar alguna medida contra el alcalde esa jurisdicción, el exministro de Transportes, Francisco Garcés. ¿La razón? Consideró que los demandantes perdieron interés en el tema, porque desde octubre de 2014 no volvieron a realizar “ninguna actuación dentro de la presente causa”.

El mismo argumento dio para desechar las otras cuatro demandas semanas antes, sin importar que ningún caso anunció si las revisaría siquiera.

El gran filtro

Aunque el activista de Derechos Humanos, Marino Alvarado, reconoce que la figura de la “perención por falta de interés” es un mecanismo que ayuda a evitar las acciones judiciales que solo persiguen fines políticos o mediáticos, cuestionó el uso los jueces venezolanos vienen dando a la misma sede hace tiempo.

“Los tribunales tienen derecho a evitar esos abogados y dirigentes van a meter un amparo o una demanda simplemente para salir en los medios, pero así como es cuestionable esto también lo es el hecho de que no haya ningún tipo de sanción para los jueces que pasan meses e incluso años con una solicitud y no le dan respuesta”, denunció.

Para Alvarado el hecho de que los tribunales desechen demandas bajo la excusa de que sus perdieron interés en ellas, aunque ni siquiera hayan dicho si las admiten a trámite representa una violación al derecho a la justicia y al derecho a petición.

“Cuando una persona acude ante un juez, él como funcionario público está obligado a dar respuesta, sea afirmativa o negativa, en un tiempo razonable, porque un amparo, una demanda o cualquier otro recurso es una petición de justicia”, dijo.

Doble rasero

La lentitud con la que la Sala Constitucional tramitó estas demandas por intereses colectivos y difusos es diametralmente opuesta a la prontitud con la que tramitó las que ese mismo año recibió contra dos mandatarios opositores, Daniel Ceballos y Enzo Scarano.

En el caso de Ceballos recibió la denuncia de un grupo de abogados el 6 de marzo y el 12 ya había anunciado que la revisaría y le ordenó al mandatario recoger los escombros y desechos que entorpecían el tráfico en San Cristóbal. En el caso de Scarano la recibió el 7 de marzo y el 12 también ya le había ordenado limpiar San Diego (Carabobo).


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