Ligia Bolívar, investigadora asociada del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, dijo que se encuentran en un proceso de diálogo con la Acnur para buscar mecanismos que permitan modificar esa nomenclatura. “Esta es una categoría que está disminuyendo el ámbito de protección para los venezolanos fuera del país”, alertó y subrayó: “Por lo tanto es un retroceso”.  

Caracas. Organizaciones de derechos humanos se reunieron con voceros de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados (Ancur), el viernes 26 de junio, para discutir la caracterización con la que Acnur se refirió a los venezolanos en su informe anual de Tendencias Globales

En el documento, publicado el 18 de junio, se refieren al flujo migratorio de Venezuela como “venezolanos desplazados en el exterior”. Esta denominación ha sido rechazada por las organizaciones de derechos humanos, quienes manifestaron estar en desacuerdo con el organismo internacional. 

Ligia Bolívar, investigadora asociada del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), participó en el encuentro junto con el Grupo de Trabajo de Movilidad Humana Venezolana, que agrupa a más de 40 organizaciones que han hecho trabajo humanitario, académico y acompañamiento a la crisis de refugiados venezolanos. 

Estamos en un proceso de diálogo. Ellos (Acnur) han buscado acercarse a las organizaciones para explicar su punto de vista y buscar mecanismos que sirvan para salir de este enredo, dijo Bolívar. 

En resumen el vocero de la Acnur respondió que el término ya se había planteado en años anteriores. Su intención es visibilizar a la población venezolana e indica que es una presentación de carácter estadístico, la cual no tiene impacto en las interpretaciones jurídicas que pueda hacer Acnur. 

Según Bolívar, las organizaciones pidieron que se corrija esa nomenclatura para evitar que afecte los derechos de los venezolanos afuera y se insistió en que el organismo ha tenido una presentación más acorde a la necesidad de protección de esta población. Por último, alertaron que este término podría impactar en la interpretación jurídica de los países en cuanto a que los venezolanos son sujetos de protección internacional. 

En el capítulo 7 del informe escriben que esta categoría “venezolanos desplazados en el exterior”, engloba a los venezolanos “que probablemente necesiten protección internacional según los criterios contenidos en la Declaración de Cartagena, pero que no solicitan asilo en el país en el que se encuentran”. Agrega que, independientemente de su condición, necesitan protección contra los retornos forzosos y acceso a los servicios básicos.

Para Bolívar “esta es una categoría que está disminuyendo el ámbito de protección para los venezolanos fuera del país”, y agregó: “Por lo tanto es un retroceso”.  

Tras la crisis humanitaria en Venezuela, desde 2015 han huido del país casi 5,1 millones de personas en búsqueda de protección internacional.

Menos refugiados reconocidos

Acnur en marzo de 2018 emitió una nota de orientación en la que decía que, dadas las condiciones de Venezuela, recomendaba a los países de la región que aplicaran la Declaración de Cartagena de 1984. En este documento se considera como refugiado no únicamente a una persona que huye de su país por persecución racial, étnica, política y religiosa, sino a los desplazados por violación masiva de los derechos humanos. 

En una segunda nota de orientación de Acnur, publicada en mayo de 2019, se ratificó la primera y piden nuevamente a los Estados que reconozcan a los venezolanos dentro del marco de caracterización de refugiados que tiene la Declaración de Cartagena. 

Acnur fijó como estándares mínimos que deberían garantizar a los venezolanos en los marcos nacionales y regionales: legalidad, accesibilidad, acceso a los derechos básicos y garantía de no retorno. Pero la nueva caracterización sugiere únicamente la garantía de no retorno y disminuye los derechos básicos a servicios básicos. Según Bolívar el organismo admitió que este último cambio no fue correcto. 

Destaca que esta nomenclatura no es una categoría jurídica como sí lo son refugiado, solicitante de refugio, desplazado interno, desplazado internacional por razones de catástrofes naturales, apatridia. 

No existe ninguna categoría en ningún texto internacional vinculada a una nacionalidad, en cambio nosotros somos ‘venezolanos desplazados en el extranjero’. Eso nos deja sin piso, consideramos que es un retroceso en relación a lo que ya había dicho Acnur, dijo Bolívar.

A la investigadora le preocupa que se refieran a los venezolanos como personas que “probablemente” pueden ser reconocidos dentro de la definición de la Declaración de Cartagena, que tienen derecho a no ser devueltos y a servicios básicos.

“Cualquier ser en el planeta tiene derecho a servicios básicos. Está muy por debajo de lo que decía la nota de orientación que establecía cuatro áreas donde los venezolanos tendríamos que tener reconocimiento y derechos por parte de los países”, dijo. 

El temor, piensa Bolívar, es que si ya eran bajas las solicitudes de refugio aprobadas, ahora puedan ser menos por quedar sin piso y basamento jurídico para seguir exigiendo que los venezolanos sean considerados como personas con necesidad de protección internacional. Cifras oficiales de Acnur indican que al 5 de junio son 896.374 los venezolanos solicitantes de refugio. Los Estados han reconocido a 93.291. 


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