Se cumplen 15 años de denegación de justicia venezolana por menores calcinados en Inam de San Felix

informe-Se cumplen 15 años del fatídico incendio en el Inam de San Félix

El caso sobre los cinco internos del Inam de San Félix que murieron calcinados en una celda pasó a la CorteIDH y se espera por fecha de audiencia, para una sentencia que obligue al Estado venezolano la reparación del daño a familiares de las víctimas, e impedir que se repita este tipo de accidentes.

San Félix. El 30 de junio de 2005, cinco internos del Centro de Tratamiento y diagnóstico Monseñor Juan José Bernal, adscrito al Instituto Nacional de Atención al Menor (Inam) de San Félix, estado Bolívar, murieron calcinados en una celda.

Después de 15 años, el caso pasó a juicio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH). La pandemia por la COVID-19 retrasó la audiencia. Sin embargo, familiares y la ONG Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) esperan la fijación de una pronta fecha, para que resarcir a las víctimas y sus familiares.

“Se busca que los responsables de aquel momento respondan por los hechos, que el Estado garantice que no vuelva a repetirse y que haya la reparación de las víctimas. Sabemos que con esto no vamos a devolverles la vida a esos jóvenes, pero es una forma de hacer justicia. Lamentablemente en el país no se pudo conseguir la justicia, porque el juicio tiene 15 años paralizado, no hay un imputado, no hay nada. A nadie le importó, nada más a las mamás y las familias de esos muchachos. Por eso tuvimos que ir a la justicia interamericana”, destacó Carolina Girón, directora del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP).

Los hechos

Era día de visitas en el Inam de San Félix aquel 30 de junio. Curiosamente, no hubo personal de seguridad para el ingreso de los familiares ni estaban las trabajadoras sociales. Quienes estuvieron presentes fueron el director Nerio Antonio Romero Martínez, los guías José Luis Chirinos y Francisco Javier Gómez Corrales, y la asistente auxiliar de servicios sociales, Brígida del Valle Hurtado.

Terminó el tiempo de visitas y servirían la cena a los internos. Hubo un alerta de motín entre los reclusos de las celdas 2 y 4. Estos últimos prendieron fuego a unas colchonetas cerca de la puerta de acceso de su celda, para impedir que los otros ingresaran. 

En esa celda estaban José Gregorio Mota Abarullo, Gabriel de Jesús Yánez Sánchez, Rafael Antonio Parra Herrera, Cristián Arnaldo Molina Córdova y Johan José Correa. 

El incendio se salió de control, pero la atención no fue inmediata. La directora del OVP destaca que a esta tragedia se sumó la crisis de servicios públicos que ya se venía presentando. El cuerpo de Bomberos, por ejemplo, no contaba con suficiente agua para sofocar las llamas. Entre uno de los guías y un interno, intentaban apagar el fuego con baldes de agua.

Las primeras víctimas fueron Rafael Parra, de 19 años de edad, Cristian Molina y Joan Correa, ambos de 18 años. Cuando abrieron la celda, los tres ya habían fallecido. A Gabriel Sánchez, de 18 años, y José Gregorio Mota, de 20, los trasladaron al hospital Dr. Raúl Leoni, y posteriormente a la clínica Manuel Piar, en San Félix, donde murieron.

El informe forense señaló que la causa de muerte fue asfixia mecánica, sofocación y quemaduras de tercer grado en 90 % del cuerpo.

Cabe destacar que a Mota, una de las víctimas, se le otorgó libertad asistida dos meses antes del hecho. Sin embargo, su salida se retrasó por la espera de la evaluación psicológica.

Girón señaló que en estos 15 años, fallecieron madres sin ver que se hiciera justicia por la muerte de los cinco jóvenes, que aun cuando ya eran mayores de edad, estaban bajo custodia del Estado.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el Caso 12.890, José Gregorio Mota Abarullo y Otros (Muertes en la Cárcel de San Félix), Venezuela, el 5 de abril de 2019.

Se cumplen 15 años del fatídico incendio en el Inam de San Félix
Desde el año pasado, la CIDH remitió el caso a la CorteIDH. Foto OVP

Si bien, en septiembre de 2013, Venezuela se retiró formalmente de la CIDH, el caso ya formaba parte de la comisión, por lo que Corte está facultada para tratar esta denuncia de violación de derechos humanos.

El Estado está obligado a repararlo. Igualmente, todos los casos que la CorteIDH condene a un Estado, esté o no en el sistema, tiene que repararlo, es de obligatorio cumplimiento, lo dice la Constitución, es un mandato nacional y el Estado tiene que responder”, reiteró Girón.

Sin justicia venezolana

¿Cómo llega el caso hasta la Corte IDH? Tras las averiguaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), el Ministerio Público imputó en 2007 a los guías del Inam de San Félix, José Luis Chirinos y Francisco Javier Gómez Corrales, y el director Nerio Romero Martínez.

En septiembre de 2008 los acusaron por homicidio y el caso pasó a fase de juicio, que a la fecha sigue sin realizarse. 

Queremos que el Estado se comprometa a que esto no vuelva a suceder y que estas instalaciones donde están detenidos adolescentes, que tuvieron conflicto con la ley penal, tengan un plan con el objeto que la Ley Orgánica del Niño, Niña y Adolescente establece, bajo el paradigma de los programas socioeducativos que deben tener cada uno de estos jóvenes en estos centros de reclusión”, sostuvo Girón.

Insistió en que cuando ingresa un adolescente, se debe establecer un plan de estudio, trabajo, apoyo psicológico y familiar, todo un programa integral para ayudarlo. 

“Las instalaciones deben tener una serie de requisitos, como exige la Lopna, también cumpliendo con las reglas de Beijing que son todos los convenios que ha firmado la República. Esto no es nuevo, la Lopna tiene 20 años y todavía estamos en carencia en estos centros de detención de adolescentes (…) Recordar esta tragedia de hace 15 años debería ser reflexión para todos, no puede seguir pasando, no pueden seguir muriendo adolescentes que están en centros de detención bajo custodia del Estado”, manifestó. 

Esta sentencia que sacará la Corte deberá ser una lección para todos, Estado, sociedad civil, familia, de que este sistema debe mejorarse. Está todo muy bonito en la ley, en convenios, pero debemos cumplirlo, tenemos que ejecutarlo tal como lo dice el texto de todos esos instrumentos”, agregó.

De acuerdo con la ONG Civilis, la CIDH determinó que la responsabilidad del Estado se funda en la falta de medidas de prevención ante la posibilidad de hechos de violencia dentro del centro.

Otro de los elementos es “la negligencia del personal del Centro y el Cuerpo de Bomberos en sus acciones para apagar el incendio y salvar la vida de las víctimas. Al respecto, la Comisión consideró que la falta de equipamiento y material adecuado del Cuerpo de Bomberos para poder apagar el incendio y entrar a la celda para auxiliar a las víctimas también constituyó una omisión atribuible al Estado. Adicionalmente, la Comisión declaró la violación de los derechos a las garantías judiciales y protección judicial respecto de los y las familiares de las víctimas, debido a que el Estado no les proveyó un recurso efectivo para esclarecer lo sucedido y establecer las responsabilidades correspondientes”.


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