TSJ dirigido por Maikel Moreno dice que reforma del Reglamento Interior de la AN es nula

tribunal supremo de justicia

El tribunal argumentó que la reforma del Ridan es nula porque la AN está en desacato, porque pretende darle voto a “personas que no tienen residencia física en el país” y porque “lesiona la legítima aspiración de los suplentes a incorporarse”. Además la Sala Constitucional acusó a la AN de pretender “dar apariencia verdadera a lo virtual”.

Caracas. Menos de 24 horas le tomó al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), dirigido por Maikel Moreno, decidir sobre la solicitud de nulidad de la reforma del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional (Ridan), solicitada la víspera por tres diputados disidentes de la oposición. Mientras tanto, los diputados de Amazonas están por cumplir cuatro años esperando sentencia de la Sala Electoral, que determine si hubo o no fraude en su elección en diciembre de 2015.

Al mediodía de este jueves, el presidente de la Sala Constitucional, el exdiputado del PSUV, Juan Mendoza Jover, leyó la sentencia 517, según la cual esa instancia admitió la demanda y declaró la nulidad absoluta de la reforma parcial del Ridan, interpuesta por los diputados José Gregorio Noriega, Leandro Domínguez y Jesús Gabriel Peña.

La sentencia del tribunal va más allá y declara que no solo es nula la reforma parcial sancionada el martes 17 de diciembre, sino que también anula “cualquier otra modificación que pretenda realizar la Asamblea Nacional” en el futuro, es decir, insiste en su jurisprudencia, estrenada a partir de 2016 en sus decisiones en contra del Parlamento, de juzgar hechos que no han ocurrido.

La Sala también reiteró “la continuación del asalto de los poderes públicos por parte de la AN” y exhortó al Ministerio Público para que “investigue penalmente la presunta materialización de delitos”.

TSJ ahora defiende a los suplentes

Mendoza sostuvo que la reforma del Ridan violenta las bases constitucionales del Estado, al intentar “desconocer la actuación personal y presencial de la función parlamentaria reconociendo la cualidad de diputados a personas que no tienen residencia física en el territorio venezolano y que abandonaron sus funciones parlamentarias”.

Lo anterior, sin embargo, no ahonda en las razones por las cuales “esas personas que no tienen residencia” en Venezuela se vieron forzadas a dejar el país. Ni la Sala, ni el exdiputado del PSUV, Juan Mendoza, explicaron que los 22 diputados principales que están en el exilio al día de hoy, o los cinco que se encuentran clandestinos, fueron blanco de amenazas contra su integridad o la de su familia, o que el TSJ junto con la ANC pretendieron allanarles su inmunidad parlamentaria de forma reñida con la Constitución.

Para defender la nulidad de la reforma del Reglamento, la sentencia de la Sala Constitucional también sale en defensa de los diputados suplentes, a quienes desde el año 2008 su propia jurisprudencia ha considerado diputados de segunda.

Dice la sentencia de este jueves: “Esta vez la pretensión de la Asamblea Nacional en desacato de reconocer a quienes han abandonado sus tareas, lesiona además la legítima aspiración de los diputados suplentes de incorporarse en el ejercicio de las curules vacantes, con lo cual se modifica el régimen parlamentario”.

Esta sentencia 517 no cita su propia jurisprudencia de 2010, 2011, 2016 y 2017 donde la Sala ha insistido de manera consistente en que los suplentes solo son diputados cuando se incorporan a la cámara pero el resto del tiempo no tienen las prerrogativas de un diputado.

Ese razonamiento justificó, para el Poder Judicial, la no liberación de Gilberto Sojo, Renzo Prieto y Rosmit Mantilla en 2016 pese a haber sido acreditados como diputados electos, así como la detención de Gilber Caro en 2018 y otra vez en 2019.

Al TSJ no le gusta lo virtual

Finalmente, la decisión de los abogados que ocupan la Sala Constitucional sostiene que con la reforma del Reglamento la AN pretende “quebrantar la institucionalidad con fórmulas paralelas y ficticias, que tratan de dar apariencia verdadera al espacio de las redes o virtual, consiguiendo tan solo la deslegitimación del Poder Legislativo”.

Recalca la sentencia que la Constitución de Venezuela exige la participación efectiva y presencial de los parlamentarios: “La Asamblea Nacional como poder público, así como todos los cuerpos colegiados obligan a la presencia física de todos sus miembros principales o suplentes incorporados para deliberar, consensuar y tomar decisiones. No existe en el derecho comparado ningún parlamento virtual, todos tienen sede y exigen la presencia física de sus integrantes”.

Los promotores de la nulidad

Contrario a lo esperado, no fueron diputados del PSUV quienes impugnaron la reforma del Reglamento, tal como lo anunció el mismo martes al término de la sesión de la AN, el subjefe de fracción del PSUV, William Gil. Antes al contrario, fueron tres diputados que hasta hace nada se identificaban con la oposición, quienes se apuraron a pedirle un pronunciamiento al TSJ.

José Gregorio Noriega es diputado principal electo por el estado Sucre y hasta el pasado 18 de diciembre militaba en Voluntad Popular, pero el partido, tras verle en el TSJ actuar contra la modificación del Ridan, lo expulsó de sus filas acusándolo de “corrupto y traidor a la causa de la libertad”. El suplente de Noriega es el diputado Leonardo Regnault, quien el día de la reforma del Reglamento estaba incorporado y votó a favor.

Leandro Domínguez militó en UNT hasta el año pasado. Este año se unió a Cambiemos y desde noviembre, dejó Cambiemos para unirse a la fracción de Independientes por la Renovación, junto con José Aparicio, Adolfo Superlano y José España. El diputado Domínguez es suplente de Carlos Lozano, del partido Camina y que apoya a Guaidó.

Jesús Peña, por su parte, fue militante de AD-Yaracuy hasta el pasado mes de octubre cuando fue expulsado. Aunque fue electo como suplente de Biaggio Pilieri (Convergencia), nunca se incorporó a la plenaria.

Otros que no avalaron la reforma del Ridan

La jefa de Fracción de UNT, Nora Bracho, confirmó a Crónica.Uno que el día martes, cuando se anunció la verificación nominal de la asistencia para proceder con la reforma del Reglamento Interior, los diputados del PSUV no fueron los únicos que se salieron del Hemiciclo para intentar romper el quorum.

“Se salió Conrado Pérez. Se salió José Antonio España. Se salió Leandro Domínguez y también José Aparicio. No asistieron ese día Luis Parra y José Brito”, dijo Bracho.

Al momento de la verificación de la asistencia, quedó en acta que Melva Paredes y Maribel Guédez, de Cambiemos, tampoco asistieron.

Pérez, Parra y Brito, todos de PJ, han sido señalados de participar en una presunta trama de gestiones a favor del empresario de los Clap, Alex Saab, junto con otros 7 parlamentarios opositores. España, Domínguez y Aparicio fueron señalados por Timoteo Zambrano de haber incurrido en prácticas contrarias a la ética y por eso habrían sido expulsados. Mientras que los integrantes de Cambiemos forman parte de la Mesa Nacional de Diálogo instalada por Nicolás Maduro.


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