En noviembre de 2019, el gobierno de Nicolás Maduro saca un decreto nombrando a María Velázquez López, en su carácter de autoridad única de salud del estado Nueva Esparta, como coordinadora de la comisión interventora de los servicios de salud de la región insular.

Caracas. En Gaceta Oficial N° 47.759, del 13 de noviembre de 2019, fue publicada una resolución mediante la cual se designa la Comisión Interventora de la prestación de los servicios de salud del sector público. Luego el gobierno de Nicolás Maduro, el pasado 17 de abril, ordenó intervenir la Dirección Regional de Epidemiología, sobre la cual el gobernador de Nueva Esparta, Alfredo Díaz, dice haber perdido las competencias en octubre pasado.

Mediante Decreto Presidencial N° 4018 de fecha 1° de noviembre de 2019, publicado en la Gaceta Oficial N° 41.751, se instruyó al Ministerio de Salud, en ejercicio de sus funciones de regulación y control del Sistema Público Nacional de Salud, proceder a la inmediata intervención de la prestación de los servicios públicos de salud en el estado Nueva Esparta.

Sucede luego de que Maduro, el 14 de octubre de ese mismo año, le quitara competencias a la Dirección de Salud dependiente de la Gobernación. 

Ese día ordenó que pasara a cargo del Ministerio de Salud, argumentando que “el estado Nueva Esparta está manejado por el gobernador apátrida, que en vez de apoyar, lo que hace es sabotear con sus funcionarios corruptos. Por eso me han propuesto quitarle la administración de la salud del estado. Aprobado”, dijo Maduro en esa oportunidad.

En ese mismo programa aprobó recursos financieros para la culminación del proyecto del Hospital del Caribe de Nueva Esparta, por la cantidad de 10.132.741 euros.

Pasados seis meses reviven los calificativos negativos, a propósito del brote de COVID-19, y de nuevo –como se dijo– sobre la Dirección de Epidemiología Regional recae una segunda intervención, en el momento en que los contagios estaban en los 20 casos. 

EL DATO

Al 24 de abril de 2020 van 97 casos positivos

Ahora la dirección queda a cargo de la viceministra de Redes de Salud Colectiva, Marisela Bermúdez.

A la directora, la epidemióloga Carmen Hernández, la acusaron de no reportar los contagios de la escuela de béisbol, y la imputaron “por incumplir con la obligación que tiene como funcionario público de suministrar los datos e información al estado mayor de salud”, de acuerdo con las declaraciones del fiscal designado por la asamblea constituyente, Tarek William Saab.

¿Qué sabemos de la intervención?

Casi nada. Un arqueo de medios de la región no reporta mayores datos de lo que se ha hecho desde noviembre a la fecha. Se habla de jubilaciones del personal obrero, hay denuncias que señalan al protector de la entidad designado por Maduro, Dante Rivas, de contrataciones de personal al margen de la ley y de mal manejo de la epidemia.

Pues bien, el decreto de noviembre nombra a María Velázquez López, en su carácter de autoridad única de salud del estado Nueva Esparta, para que ejerza el cargo de coordinadora de la comisión interventora, que tendría las siguientes funciones: 

  1. Ordenar y practicar las auditorías que sean necesarias, así como revisar los procesos administrativos, financieros y laborales, sin generar interrupción en la prestación de los servicios de salud.
  2. Verificar la formulación del presupuesto tendente a garantizar el funcionamiento de los servicios de salud y el desarrollo diario de las actividades que ejecutan los trabajadores del sistema regional de salud del estado.
  3. Ejecutar acciones dentro del marco de la legalidad, necesario para mantener la continuidad de las actividades que se desarrollan en el sistema regional de salud.
  4. Inspeccionar las instalaciones y el equipamiento de los establecimientos públicos hospitalarios del sistema regional de salud.
  5. Determinar las necesidades de atención en las áreas de salud.
  6. Revisar el inventario de medicamentos, insumos y material médico quirúrgico, para su idónea distribución y así garantizar la prestación de los servicios.
  7. Crear mecanismos de acercamiento e interacción con la comunidad hospitalaria, con base en el principio de participación.
  8. Presentar informes mensuales de su gestión al Ministerio de Salud, con sus respectivos soportes, así como los resultados de su gestión.
  9. Y las demás que le confiera la Ley y le asigne el Ministerio mediante resolución.

La coordinadora de la comisión también tendría entre sus funciones verificar la gestión de los recursos humanos del estado, ¿entra el trabajo de la epidemióloga imputada?; y velar por el cumplimiento de la paz laboral, cosa que –de acuerdo con declaraciones extraoficiales de trabajadores de la salud de la entidad– no ha ocurrido, debido a que no se aplica una política sanitaria unitaria. 

Aunque la interventora lo dijo durante su juramentación en la sede de la Dirección Regional de Salud: “El Presidente por solicitud del pueblo de Nueva Esparta acordó y dio las instrucciones de intervenir el sistema de salud y esta comisión tiene el propósito de garantizar el derecho a una vida sana como está establecido en la Constitución, siguiendo la política nacional que establece tres ámbitos como son: la unificación e integración en un sistema único de salud, el cual estaremos organizando con toda la comunidad; garantizar la distribución idónea de insumos y medicamentos y la participación protagónica del pueblo en todo el sistema”.

Dicha intervención era para Corposalud y para toda la red de salud del estado Nueva Esparta. 

En ese momento el director regional de Salud y presidente de Corposalud, Elesban Gómez Castillo, había manifestado su entera disposición a trabajar articuladamente con la comisión interventora, siempre y cuando el proceso se realizara en el marco de la legalidad y en beneficio de toda la población de Nueva Esparta.

Declaraciones que variaron con el paso del tiempo. No hubo materialización del trabajo en conjunto, y ante la culpabilidad que recae sobre la gobernación ante la propagación del virus, su postura es de rechazo a cualquier acción judicial violatoria de las leyes de la República y contraria a las normas del debido proceso contra cualquier funcionario o profesional de la salud en el estado.

Ahora bien, la comisión a partir del 1° de noviembre tenía un plazo de 180 días para cumplir con los trámites a los que hacía referencia la resolución, plazo que se cumple en mayo próximo.

No habido públicamente rendición de cuentas de esa primera intervención, y del 17 de abril a la fecha no se ha informado sobre el alcance de esta segunda y si se desplaza la resolución del noviembre. Lo que sí abunda es la desinformación en el gremio de la salud, incertidumbre e incluso miedo al manifestar posturas de críticas frente al manejo de la epidemia y del servicio de la salud en la entidad.


Participa en la conversación